Mon, Sep 20, 2021

¿Cómo afectan los Precios de Transferencia a las Fintech, Insurtech y empresas de criptoactivos?

Desde Duff & Phelps, a Kroll business, nos complace mantenerle informado de las noticias más relevantes acerca de los Precios de Transferencia.

¿Por qué afectan los Precios de Transferencia a las Fintech, Insurtech y a las entidades que operan con criptoactivos?

La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Senado aprobó el 4 de noviembre de 2020 la ley para la Transformación Digital del sector financiero. Dicha ley incluye el desarrollo del tan esperado Sandbox. Su puesta en marcha permitirá generar nuevas iniciativas en el sector Fintech, y no sólo eso, sino que también facilitará el acceso a la financiación, reduciendo las barreras de entrada en el sector.

En la actualidad, en España el sector Fintech suma más de 400 compañías, concretamente, el país cuenta con 403 startups financieras activas, de las que más de la mitad son de origen español. En definitiva, la aprobación del Sandbox favorecerá a que España gane puestos como referencia europea en el entorno Fintech, esperándose un incremento de empresas en este sector.

A pesar de la incertidumbre en los últimos meses de 2021, los mercados de criptoactivos, experimentaron una tendencia alcista en 2020 atrayendo a nuevos inversores ante el estancamiento de la rentabilidad de otras inversiones.

Ante este escenario, es más que comprensible que las autoridades fiscales hayan puesto el foco de sus actividades recaudatorias en las compañías que operan en este sector. Uno de los ámbitos de la fiscalidad en el que se está percibiendo notablemente esta tendencia es en el de los Precios de Transferencia.

¿Qué son los precios de transferencia?

El principio fundamental en el que se asientan los precios de transferencia es que el precio que debe fijarse en las transacciones realizadas entre partes vinculadas debe estar a valor de mercado (arm's length principle).

Por lo tanto, las empresas que pertenezcan a un mismo grupo o estén sujetas a algún tipo de vinculación, deben fijar los precios del mismo modo en que lo harían partes independientes en condiciones normales, o lo que es lo mismo, a valor de mercado o conforme con el principio arm´s length. Los Precios de Transferencia son esenciales porque determinan la base imponible de las compañías del Grupo en diferentes jurisdicciones.

A esto hay que añadir que dicho valor de mercado debe estar documentado de acuerdo con lo establecido en la legislación de precios de transferencia en aras de evitar las correspondientes sanciones. Tampoco debemos olvidar que también existen obligaciones de información de operaciones vinculadas a través de la presentación del modelo 232.

¿Dónde estará el foco de la administración tributaria?

La AEAT anunció recientemente su Plan de Control Tributario para el año 2021, en él se incluyen las principales líneas estratégicas que seguirá la Agencia Tributaria en materia de asistencia, prevención y control del fraude tributario. Al igual que en años anteriores, los precios de transferencia siguen siendo un área clave de enfoque, y en concreto, la tributación de los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados, como es el caso de las Fintechs, Insurtechs y demás empresas de criptoactivos.

Las palabras Fintech e Insurtech hacen referencia a los servicios financieros y de seguros cuya prestación está ligada a las innovaciones tecnológicas, es decir, ofrecer servicios financieros y de seguros a través de las nuevas tecnologías. Las denominadas FinTechs e Insurtechs nacen con la vocación de mejorar la experiencia del cliente a través de la implantación de tecnologías disruptivas siendo los componentes digitales y tecnológicos su seña de identidad.

¿Por qué deben preocuparse las Fintech, Insurtech y a las entidades que operan con criptoactivos?

A medida que el uso de la tecnología blockchain se incrementa, compañías Fintech e Insurtech que desarrollan herramientas de software comenzarán a expandirse globalmente y se integrarán verticalmente, lo que hará necesario que consideren las implicaciones de precios de transferencia.

En el contexto de las compañías globales de tecnología blockchain, las transacciones intragrupo típicas entre entidades vinculadas que implican preocupaciones de precios de transferencia son aquellas relacionadas con la transferencia de propiedad intangible, la prestación de servicios de I + D e ingeniería de software, la prestación de servicios de gestión corporativa centralizada, y la financiación intragrupo.

Las empresas de blockchain global, al igual que otras empresas de desarrollo de software, están estructuradas principalmente en un modelo de propiedad intelectual (IP). En este modelo de negocio, la IP está centralizada y, en los casos de transferencias de intangibles a entidades vinculadas, la entidad principal (por ejemplo, la matriz) tendría que cobrar un royalty o licencia a mercado a su parte vinculada por el uso de dichos intangibles (es decir, los programas informáticos). La realización de un análisis funcional, donde se analicen las funciones, activos y riesgos asumidos es fundamental.

En las transferencias de intangibles entre partes vinculadas, la transacción suele ser objeto de un acuerdo de licencia entre las dos entidades vinculadas. Por ello, el titular de la IP debe ser remunerado de conformidad con lo que habría cobrado un tercero independiente.

Por lo general, cuando hablamos de Fintech o Insurtech estamos hablando de empresas recientemente constituidas o start-ups, donde una de sus principales preocupaciones es el acceso a la financiación. Esto deriva en los modelos internos de financiación y en la remuneración a mercado que debe pactarse en las operaciones financieras intragrupo. La comprobación de las deducciones concernientes a gastos financieros, en especial cuando la financiación proceda del exterior, pero dentro del perímetro de vinculación del grupo, es uno de las principales actividades inspectoras en este tipo de compañías.

Las multinacionales a menudo encuentran beneficios y eficiencias al centralizar ciertas funciones administrativas y de gestión. Back-office y las actividades administrativas se consideran típicamente actividades rutinarias. De forma similar a los servicios de R&D e ingeniería, la entidad del grupo que presta servicios de gestión o back-office debe ser compensada en función de las funciones que desempeña, los activos que utiliza y los riesgos que asume.

Otros aspectos a tener en cuenta en la gestión e implementación de las políticas intragrupo de Precios de Transferencia son la falta de declaración de ingresos en algunas de las jurisdicciones donde se realice la actividad o la deducción de partidas que pueden erosionar significativamente la base imponible, como los pagos por cánones derivados de la cesión de intangibles o por servicios intragrupo, así como también la existencia de pérdidas recurrentes.

Conclusión

A medida que los beneficios generados por las Fintech e Insurtech se incrementan se produce un aumento en el número y volumen de las transacciones intragrupo. Las operaciones transfronterizas resultantes van a requerir unas políticas de precios de transferencia conformes con la legislación que determinen la asignación e imputación de los ingresos/pérdidas, así como la documentación soporte de precios de transferencia en la que operan las entidades intragrupo.

Adicionalmente, cada jurisdicción puede tener sus propios requisitos en la metodología, análisis y elaboración de la documentación de precios de transferencia que habrá que considerar en la definición de las políticas de precios de transferencia de las multinacionales.


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